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Mar Centenera, El País

Un hito contra la violencia obstétrica en Latinoamérica

La Corte IDH ha determinado que el Estado argentino violó los derechos de Cristina Brítez, fallecida después de que le indujesen el parto. La sentencia llama a implementar políticas para acabar con lo que considera un tipo de violencia de género

[Raquel Marín]

Cada año, miles mujeres de toda América Latina sufren violencia obstétrica. Son maltratadas durante el embarazo y/o el parto, les niegan tratamientos o son sometidas a intervenciones médicas contra su voluntad, como la cesárea. Las legislaciones de algunos países regulan este tipo de violencia contra las mujeres, pero aún así sigue muy invisibilizada y faltan campañas de información para prevenirla. Esta semana, una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Argentina (Corte IDH) supuso un hito histórico en la lucha de las organizaciones de mujeres contra este tipo de violencia.


La Corte consideró responsable al Estado argentino de violar “el derecho a la vida, a la integridad personal y a la salud” de Cristina Brítez Arce, una mujer de 38 años que falleció el 1 de junio de 1992 en la maternidad pública Ramón Sardá de Buenos Aires. Los jueces consideraron que su embarazo tenía factores de riesgo que no fueron atendidos de forma adecuada por el sistema de salud argentino.


Brítez Arce se presentó en el hospital por fiebre y molestias lumbares relacionadas con su embarazo. Cuando los profesionales de guardia le realizaron una ecografia determinaron que el feto estaba muerto y la internaron para inducirle el parto. Ese mismo día, a las seis de la tarde, la embarazada falleció por “paro cardiorrespiratorio no traumático”.


Se trata de la primera vez que este tribunal establece que la violencia obstétrica es una forma de violencia de género prohibida por la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, mejor conocida como Convención Belem Do Pará.


“La decisión de la Corte en el caso Brítez llama a transformar prácticas, reglamentos, decretos, y leyes que facilitan o no previenen la violencia obstétrica, y muchas políticas públicas deben ser impulsadas para materializar estos estándares que desarrolla la Corte Interamericana”, dice Carmen Cecilia Martínez, directora asociada de estrategias legales del Centro de Derechos Reproductivos (CDR) para América Latina y el Caribe.


Esta organización confía en que el fallo ayude a frenar estas prácticas ilegales y permita a otras víctimas que se haga justicia, como en el caso de la peruana Eulogia Guzmán y su hijo Sergio, también admitido por la Corte IDH.


Guzmán es una mujer quechua que vive en una comunidad campesina del Perú. Dio a luz a sus primeros hijos en casa conforme a su voluntad y costumbres, pero en 2003, en el día del parto de su sexto hijo, el personal médico la obligó a trasladarse a un centro de salud amenazándola con imponerle multas, según su testimonio. Durante el trabajo de parto, una enfermera le impidió dar a luz en el suelo en cuclillas como había hecho siempre y la obligó a subir a la cama. Durante el forcejeo, su hijo Sergio nació y se golpeó contra el piso en la cabeza, lo que le provocó serias complicaciones de salud que arrastró hasta su muerte, a los 12 años.


Los casos de violencia obstétrica que llegan a los tribunales son mínimos y también son escasos aquellos que cobran relevancia pública. En Brasil, uno de los más sonados fue el de Adelir Lemos de Goes, de 29 años. En 2014, De Goes quería tener a su tercer hijo por vía vaginal tras haber sido sometida a dos cesáreas en sus anteriores partos. Cuando se encontraba en pleno trabajo de parto en su casa, en el municipio rural de Torres, fue arrancada de allí por policías armados y un funcionario judicial y obligada a subir a una ambulancia que la llevó a un hospital. Allí fue anestesiada y sometida a una intervención quirúrgica a la que se oponía. Los médicos la forzaron a dar a luz por cesárea porque el bebé venía de nalgas, pero los grupos que defienden los derechos de las mujeres denunciaron lo ocurrido como un ataque a la autonomía de la mujer.


En 2019, Naciones Unidas visibilizó la existencia de la violencia obstétrica en su informe Enfoque basado en los derechos humanos del maltrato y la violencia contra la mujer en los servicios de salud reproductiva, con especial hincapié en la atención del parto y la violencia obstétrica. En el documento, el organismo internacional señaló que una cesárea practicada “sin el consentimiento de la mujer, puede constituir violencia por razón de género contra la mujer, e incluso tortura”.


En 2007, Venezuela se convirtió en el primer país en tener una ley específica para atender la violencia obstétrica. En 2007 se sumó Argentina y después siguieron Panamá, algunos estados mexicanos, Bolivia y El Salvador. Aún así, este tipo de violencia está muy lejos de estar erradicada.

 

(c) 2023, El País

https://elpais.com/opinion/2023-01-22/un-hito-contra-la-violencia-obstetrica-en-latinoamerica.html

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